Höφp y el secreto de amantes (I)

Lo siguiente me fue revelado por Aurdionus SԀӫmek (se pronuncia esdóumik), doctor en antropología comparada de la Universidad Alvadiana de Höφp. El doctor SԀӫmek es la cabeza visible de un movimiento nacional que busca reformar la constitución para abolir el secular secreto de amantes.

Trataré de resumirlo, aunque se plantea como una tarea ardua, dadas las múltiples aristas de un derecho civil secreto. Cualquier ciudadano de Höφp posee el derecho constitucional de tener un o una amante y la obligación de no develar su identidad. Ello establece igualmente ciertos requisitos, por ejemplo, el que sólo puede ser ejercido por personas casadas con un contrato de, al menos, primera renovación (en otra entrega ahondaré en ello); ser mayor de diecinueve años y tres quintos; no ser pelirrojo o pelirroja y no haber nacido en el mes de febrero. Por norma general estas últimas peculiaridades han sido superadas con tecnología o apaños burocráticos.

El origen de este precepto constitucional, bueno, uno de los orígenes que aportan los especialistas y que trataremos en esta nota, se remonta al año cuatrocientos treinta y uno antes de Cristo, cuando fue otorgado por disposición de la rey Arteolÿ I. Hasta entonces, las uniones entre hombres y mujeres se correspondían con la de una sociedad donde la poliginia era la norma. Como igualmente lo era el que las mujeres de los hombres que morían en las guerras quinquenales fuesen adoptadas con su prole por alguno de los supervivientes, pero a diferencia de otras culturas, la de Höφp prohibía expresamente que el nuevo esposo fuese familia del difunto. La figura de la mujer casada (o no) era más cercana a la de una propiedad que se usaba para mantener el equilibrio demográfico y cubrir la logística de la guerra que la de un ser humano. El hombre sólo se dedicaba a la guerra y a la preparación para la misma. Así, el matrimonio era una institución con emparejamientos de por vida arreglados entre los pater familias y donde los involucrados tenían poco que decir. Hasta aquí, nada muy distinto de las prácticas de las culturas aledañas.

La guerra del cuatrocientos treinta y uno fue anormalmente corta y de muchos supervivientes. Según se recoge en las crónicas, el enemigo se limitó a realizar algunas danzas rituales y a lanzar a los guerreros de la rey, justo antes de retirarse, una lluvia de bayas, minúsculas y anaranjadas, que aquellos almacenaron y utilizaron para alimentarse durante la muy recordada travesía de vuelta. Los pocos muertos contados lo fueron por picadura de serpiente o por despeñarse en los cruces más peligrosos. El hecho fue que luego de aquella guerra anómala, los vencedores, los guerreros de Höφp, no volvieron a engendrar hijos y la tasa de natalidad se desplomó.

La rey Arteolÿ I tomó entonces varias acciones, todas muy bien documentas: inicialmente procedió con una serie de rituales, ya en desuso para la época, en la que se ofrecían a los dioses sapos cimarrones al ajillo; largos periodos de abstinencia copulatoria supervisada e incluso el último recurso en la que se quemó viva a la ardilla real, símbolo de la unión del reino, frente al templo de la plaza del mercado.

Ante la inutilidad de los sacrificios y, la verdad sea dicha, un poco perplejo por la situación, la rey emitió dos edictos: el de autorización del divorcio in ictu oculi y a solicitud simple de cualquiera de los conyugues; y la autorización para tener un amante con la condición de que jamás, so pena de ostracismo, se revelase la identidad de este. Los derechos sucesorios de todos los hijos de una mujer recaían en los heredables del último esposo. En la práctica, esto derivó en que sólo los hombre y mujeres casados fueron elegibles para tener un amante secreto. La tasa de natalidad se recuperó de forma sorprendente a los pocos años y aquella primera generación de amantes lo fueron entre las mujeres habidas y los hombres que por diversas razones no fueron a aquella guerra.

Hay una peculiaridad más: La condición de amante, a diferencia de la de esposo o esposa, es de por vida, y existe un registro general de amantes secretos al que deben acudir por separado los involucrados a formalizar el ejercicio de su derecho cumpliendo con enrevesados procedimientos burocráticos para salvaguardar su identidad.

En la actualidad, el matrimonio en Höφp se ve como un deber ciudadano y la institución del amante secreto como un derecho tan inalienable como la vida. La última reforma constitucional sobre este derecho data de mil ochocientos sesenta y tres cuando la rey Arteolÿ LXXI rubricó la autorización para que parejeras unidas en matrimonio pudieran registrarse como amantes secretos siempre que hubieran estado casados por más de veinte años y procreado, al menos, un hijo; si bien tanto la generación de entonces, como la actual lo vio y sigue viendo como un arranque de ñoñería senil de la rey, pues a diferencia de sus antepasados, tuvo la suerte de casarse por amor.